“C.A.N. U hear me?”: no más cargos de “roaming” internacional en los países miembros de la can.

“C.A.N. U hear me?”: no más cargos de “roaming” internacional en los países miembros de la can.

Mediante la Decisión 854, norma supranacional y de obligatorio cumplimiento aprobada el 19 de febrero de 2020 por los cuatro países miembro de la Comunidad Andina (CAN), se ha dispuesto que a partir del 01 de enero de 2022 se eliminará los cargos de roaming” internacional pospago.

Esto quiere decir, que tanto en Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú se deberá aplicar las mismas condiciones o planes tarifarios que el usuario haya contratado en su país de origen, por los servicios de voz, mensaje de texto y datos (lo que significa que los usuarios no tendrán que abonar ningún recargo adicional por dichos servicios)

Del mismo modo, los usuarios tienen la posibilidad de presentar quejas o reclamos ante la autoridad competente del país donde contrataron el servicio, en caso los operadores, proveedores o prestadores no cumplan lo dispuesto en la Decisión 854 y registren cargos de ”roaming” internacional.

Cabe destacar que la Decisión 854 únicamente establece lineamientos para la prestación de servicio de “roaming” internacional pospago, por lo que los usuarios que cuenten con otra modalidad de servicio no podrán  hacer uso de este beneficio.

En ese sentido, considerando la importancia de las telecomunicaciones, este beneficio podrá favorecer a los más de 111 millones de habitantes de la subregión, de modo que, reforzará una mejor integración entre los Países Miembros.

Consulta esta disposición completa en: https://www.comunidadandina.org/DocOficialesFiles/Gacetas/Gaceta%203902.pdf

¿Cómo te podemos ayudar? Si requieres de más información o asesoramiento, comunícate con nosotros a través del nuestro WhatsApp +51 947 335 399 o envíanos un correo a la siguiente dirección: informes@perucorporativo.com


Mariella Chacon Illanes


mariella.chacon@perucorporativo.com

https://www.linkedin.com/in/mariella-w-chacon-illanes-701a7593/